Ir al contenido principal

 LEGALMENTE INFORMADOS


Acoso Laboral

        La importancia de este trabajo es el análisis, y determinar a nivel jurídico como se puede  probar el acoso laboral o también llamado psicoterror.  Fue por ello que para comprender aun más  el tema efectué una encuesta a través de las redes sociales y teléfono, y aunque fue un pequeño muestreo hubo un resultado Que me impresiono desde el punto de vista de las personas encuestadas la pregunta fue ¿conoces que es acoso laboral? ¿Y has sido víctima de acoso laboral o sexual?  Y de 70 personas encuestadas todos lo reconocieron y 43 fueron víctima de acoso no solo laboral si no sexual.
      La determinación del acoso o MOBBIMG Laboral  y su objetivo es hacer que el empleado se sienta acorralado y renuncie. Y es algo difícil de detectar, allí se encuentra el acoso laboral descendiente efectuado por jefe superior, y acoso laboral horizontal realizado por personal del mismo cargo y nivel pues bien, haciendo referencia a la encuesta la mayoría respondieron que era víctima de acoso porque lo envidiaban o porque el trabajo que ellos hacían era mejor y por eso le tenían rabia, como se deja ver hay rabia envidia resentimiento celos y hasta odio y esto llega al extremo de acosar de una forma feroz, LA CONSTITUCION  VENEZOLANA   en su titulo 3  de los derecho  humanos y garantías y de los deberes      Artículo 46. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; en consecuencia: Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado, tiene derecho a la rehabilitación. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley. Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley.
          . La ley prohíbe tanto el acoso laboral como el sexual en los centros de trabajo y establece sanciones. Define acoso laboral como el hostigamiento o conducta abusiva ejercida en forma recurrente o continuada por el patrono o sus representantes; o un trabajador que atente contra la dignidad o la integridad biopsicosocial de un trabajador. Define acoso sexual como el hostigamiento o conducta no deseada y no solicitada de naturaleza sexual, ejercida de forma aislada o mediante una serie de incidentes, por el patrono o sus representantes, contra el trabajador. La norma establece que el Estado, los trabajadores, sus organizaciones sociales, los patronos, quedan obligados a promover acciones que garanticen la prevención, la investigación, la sanción, así como la difusión, el tratamiento, el seguimiento y el apoyo a las denuncias o reclamos. (Art. 164-166) ley del trabajo, pero la locymat  en el art 56 nos reseña sobre el tema    “Son deberes de los empleadores, adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo”. Numeral 5: pero a demás en los Artículos 10 11 y 12 que habla de la vigilancia del medio ambiente y las condiciones del trabajo  dictado  nomas para mayor garantía hacia el trabajador  están las sanciones que estable la ley Art. 119: “Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o disciplinarias, se sancionará al empleador o empleadora con multas de veintiséis (26) a setenta y cinco (75) unidades tributarias (UT) por cada trabajador expuesto cuando: No identifique, evalúe y controle las condiciones y medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud física como mental de los trabajadores y trabajadoras en el centro de trabajo, de conformidad con lo establecido en esta Ley, su Reglamento  Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:
-Art. 49: La persona que mediante el establecimiento de requisitos referidos a sexo, edad, apariencia física, estado civil, condición de madre o no, sometimiento a exámenes de laboratorio o de otra índole para descartar estado de embarazo, obstaculice o condicione el acceso, ascenso o la estabilidad en el empleo de las mujeres, será sancionado con multa de 100 a 1000 UT.  Ahora bien   La constitución la locimat la ley del trabajo, como la ley de la mujer, reglamentan en su normativa en acoso laboral y sexual y la leyes sancionan a este tipo de acoso que menoscaba los derechos y deprimen a los trabajadores de una organización industrial o gubernamental, hay medios que se pueden utilizar para probarlo como por ejemplo cámaras filmadoras, grabaciones, y asi poder acusar al malhechor que solo busca dañar psicológicamente a  su compañero con el fin que se valla o renuncie del empleo  lo otro es que   Hay que difundir a través de programas y talleres este tema para que las personas aprendamos a luchar contra el acoso laboral  y sexual.


  Abogada YSABEL CASTILLO
x

Comentarios

  1. Un saludo muy especial- en apoyo a sus comentarios o mejor si anda en la búsqueda de asesoría jurídica. envía tu caso con gusto le estaremos contestando mi gracias ...

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

LEGALMENTE ASESORADOS, EN DERECHO AL DIA